Sentencia N° 811 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de junio de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0811, Exp. 12-745, 27/06/2014
Expediente12-745
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-06-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

En el juicio de cobro de indemnización por enfermedad profesional, el Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano William Rubén Morales Parra contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala examinó las denuncias de inmotivación y de incongruencia negativa, concluyendo que la sentencia recurrida sí contenía los fundamentos de hecho y de derecho necesarios, y que no se demostró el nexo causal entre la enfermedad del actor y su actividad laboral. Por lo tanto, se confirmó el fallo de primera instancia que declaró sin lugar la demanda de indemnización.

Extracto de la motiva

La motivación, ha dicho el Tribunal Supremo, debe estar constituida por las razones de hecho y de derecho que dan los jueces como fundamento del dispositivo. Las primeras están formadas por el establecimiento de los hechos con ajustamiento a las pruebas que los demuestran; y las segundas, la aplicación a éstas de los preceptos legales y los principios doctrinarios atinentes. La inmotivación, por el contrario, es el vicio que provoca la omisión de uno de los requisitos esenciales de la sentencia, que impone el artículo 243 ordinal 4º del Código de Procedimiento Civil, cuando ordena que todo fallo debe contener los motivos de hecho y de derecho de la decisión. En el caso de autos, la Sala examinó el fallo impugnado y encontró que la juez de alzada estableció que el recurso de apelación interpuesto por la parte actora se limitó a tres puntos específicos, a saber: 1) La inmotivación de la sentencia de primera instancia al estimar que la juez no realizó un análisis exhaustivo de las pruebas aportadas a la causa, en especial, al informe emanado de IPSASEL; 2) Que la sentencia del a quo incurre en el vicio de motivación acogida; y 3) que el informe de Inpsasel determinó el hecho ilícito del patrono y la Juez no se pronunció sobre la responsabilidad objetiva. Una vez establecidos los límites del recurso de apelación observa la Sala que la juez de alzada, ciertamente, realizó citas legales y doctrinarias sobre los medios de pruebas y su valoración; así como de la jurisprudencia establecida por la Sala respecto a lo que debe entenderse por inmotivación del fallo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora, contra la sentencia dictada el 20 de abril de 2012, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. SEGUNDO: se confirma el fallo recurrido. No se condena en costas a la parte actora recurrente, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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