Sentencia N° 81 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0081, Exp. 09-1463, 19/02/2010
Expediente09-1463
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2010-02-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada, MINERÍAS LOMAS DE NIQUEL, C.A. La abogada Beatriz Rojas Moreno, en representación de la parte demandada, presentó un desistimiento del recurso en fecha 19 de enero de 2010. La Sala evaluó las facultades conferidas a la abogada y determinó que el desistimiento era procedente conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, la Sala declaró consumado el desistimiento del recurso de control de legalidad y ordenó al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo que continúe con los trámites procesales correspondientes. La decisión fue firmada por el Magistrado ponente y otros magistrados de la Sala, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.
Extracto de la motiva
En virtud del desistimiento manifestado por la abogada Beatriz Rojas Moreno, identificada con el Inpreabogado Nº 75.211, esta Sala conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, se declarará consumado el desistimiento del recurso de control de legalidad interpuesto, Así se decide.
Dispositiva
1º) declara CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del control de legalidad propuesto por la parte demandanda contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Los Teques; 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.
Palabras clave
desistimientocontrol de legalidadindemnizacióntrabajojurisdicción