Sentencia N° 808 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de julio de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0808, Exp. 11-496, 12/07/2011
Expediente11-496
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaFamilia
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-07-12
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior que confirmó la disolución del vínculo matrimonial. La decisión se basa en que la apelación versó sobre medidas cautelares en un juicio de divorcio, lo que no es susceptible de casación, sino de control de legalidad. La Sala establece que las decisiones sobre medidas cautelares en este contexto son recurribles por la vía del control de la legalidad, y no por casación.

Extracto de la motiva

De acuerdo, con la doctrina reiterada de esta Sala de Casación Social, al Tribunal Supremo de Justicia le compete decidir, en último término, acerca de la admisibilidad del recurso de casación propuesto, no obstante, la admisión que hubiese realizado la instancia. En tal caso, podrá declararse inadmisible el recurso interpuesto y revocarse el auto de admisión, si se encontrase contrario a derecho. En este sentido, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su artículo 489, señala que, el recurso de casación puede proponerse: a.- Contra las sentencias de última instancia que pongan fin a los juicios en materia patrimonial, cuyo interés principal exceda de cien salarios mínimos nacionales. b.- Contra las sentencias de última instancia que pongan fin a los juicios en materia de estados familiares, capacidad de las personas y de establecimiento de un nuevo acto del estado civil. Ahora bien, la decisión contra la cual se recurre mediante el presente recurso de casación, es aquella que conoce de la apelación formulada por el demandado, la cual versó sólo en lo que respecta a las medidas cautelares sobre los bienes de la comunidad conyugal, dictadas en el juicio seguido, así mismo, decide la Alzada, sobre la solicitud ante esa instancia, del dictamen de medidas cautelares contra determinados bienes, todo esto en el marco de un juicio principal en materia de estados familiares, como lo es el procedimiento de divorcio.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) INADMISIBLE el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, en fecha 11 de marzo de 2011, y 2) se ANULA el auto de admisión de fecha 21 de marzo de 2011.

Palabras clave

divorciocasaciónmedidas cautelaresfamiliaprotección de niños

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