Sentencia N° 807 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de julio de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0807, Exp. 12-543, 18/07/2012
Expediente12-543
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-07-18
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de julio de 2012, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra el fallo del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui. La decisión se fundamenta en que la sentencia recurrida no vulnera normas de orden público laboral y que la pretensión de la parte demandada no se ajusta a los fines del medio excepcional de impugnación. Se destaca que la representación judicial de la parte demandada alegó incomparecencia por un accidente de tránsito, pero la Sala consideró que no se justificó la admisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo emitido por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 27 de febrero de 2012. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de la legalidadincomparecenciaaccidente de tránsitoderecho laboral

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