Sentencia N° 801 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0801, Exp. 16-123, 11/08/2017
Expediente16-123
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-08-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Industrias Unicon, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Aragua, que declaró sin lugar la demanda de nulidad contra un acto administrativo relacionado con la certificación de enfermedades ocupacionales. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, argumentando que no se incurrió en vicios de procedimiento y que se respetaron las garantías del debido proceso.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala conocer del recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil Industrias Unicon, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2015, por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante la cual declaró sin lugar la demanda de nulidad contra la Certificación impugnada antes identificada. La representación judicial de la sociedad mercantil Industrias Unicon, C.A., ante esta alzada aduce, que el acto recurrido está inmerso en los vicios de prescindencia total y absoluta de procedimiento, lo que debe entenderse como una reproducción de los argumentos hechos ante el a quo. Aun cuando en esa parte de su apelación, la recurrente no señala argumentos de nulidad alguna contra el fallo impugnado, en aras de la tutela judicial efectiva, deben entenderse que esa ratificación de los alegatos de nulidad de la actuación de la Administración Pública como un desacuerdo de lo decidido por el fallo de instancia en lo atinente a esos argumentos, por lo que esta Sala extendiendo sus facultades concluye que, lo aducido en contra de la decisión de instancia es un error de juzgamiento, al haber prescindencia total y absoluta del procedimiento.

Dispositiva

PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la sociedad mercantil INDUSTRIAS UNICON, C.A., contra la decisión N° 173 de fecha 17 de diciembre de 2015, emitida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada; TERCERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la mencionada empresa contra certificación signada con el alfanumérico N° CMO: 0250-14, de fecha 10 de julio del año 2014, emitida por la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES ARAGUA (GERESAT) del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL); CUARTO FIRME, el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

nulidadacto administrativoenfermedades ocupacionalesprocedimiento administrativoderecho a la defensa

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