Sentencia N° 80 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de febrero de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0080, Exp. 07-2325, 12/02/2008
Expediente07-2325
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-02-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de febrero de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra un fallo del Juzgado Superior Octavo del Trabajo. La decisión se fundamenta en que la sentencia recurrida era impugnable en casación, lo que contraviene el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece los requisitos para la admisibilidad de este tipo de recursos.
La Sala enfatiza que para que proceda el control de la legalidad, la sentencia debe no ser impugnable en casación, y en este caso, se determinó que la sentencia cumplía con los requisitos para ser recurrida en casación, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso. Se destaca la importancia de la cuantía en los juicios laborales y se establece que la decisión es vinculante para todos los tribunales de la República.
Finalmente, se ordena la publicación del fallo en la Gaceta Oficial, reafirmando su carácter vinculante y la necesidad de que los tribunales actúen conforme a la jurisprudencia establecida por la Sala Constitucional.
Extracto de la motiva
Como se aprecia, para que proceda la admisibilidad de dicho medio excepcional de impugnación, se debe cumplir con los requerimientos formulados en el dispositivo legal reproducido en el párrafo precedente, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social. Ahora bien, cabe señalar que el presente recurso de control de la legalidad se solicita en contra de una sentencia definitiva emitida por un Juzgado Superior, el cual conoció en Alzada de un procedimiento de cobro de prestaciones sociales. Así pues, una vez puntualizadas las anteriores características del fallo recurrido, sólo resta determinar si el mismo cumple con el requisito referido a la “cuantía” necesaria para acceder al extraordinario recurso de casación, pues de ser afirmativo, la decisión estaría cumpliendo con todos los presupuestos exigidos por la ley para acceder a la sede casacional, y por ello, no tendría lugar el control de la legalidad solicitado, en razón de su inadmisibilidad cuando la sentencia puede ser impugnable en casación. Para esta labor que debe realizar la Sala, resulta muy oportuno citar el criterio establecido por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, en sentencia N° 1573 de fecha 12 de julio del año 2005, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial N° 38.249 de fecha 12 de agosto de 2005, en donde se hayan establecidos unos parámetros que sirven de base para determinar si un fallo cumple con el mencionado requisito de la cuantía o no.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad anunciado por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de septiembre de 2007. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.