Sentencia N° 80 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de febrero de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0080, Exp. 05-1753, 01/02/2006
Expediente05-1753
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO ALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-02-01
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana Miroslava Alarcón Bermúdez contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La decisión recurrida había declarado abandonado el trámite por incomparecencia de la parte accionante. La Sala fundamenta su decisión en que el recurso de control de la legalidad no es procedente contra sentencias que resuelven acciones de amparo constitucional emanadas de Juzgados Superiores Laborales, ya que estas pueden ser revisadas por la Sala Constitucional del TSJ en caso de violación de normas constitucionales.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, prevé que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. Esta Sala de Casación Social en decisión Nº 301 de fecha 29 de abril de 2003, expresó que: '(...) aún cuando a través del recurso del control de la legalidad se abre la posibilidad de denunciar, la violación o la amenaza de violación de normas de orden público, necesariamente debe entenderse que las mismas están referidas a normas de orden público legal y no constitucional, ello en razón a que la ley prevé expresamente los recursos ejercibles y el control de la constitucionalidad de las sentencias dictadas en los procedimientos especiales de acción de amparo constitucional.' Siendo así y por las razones antes indicadas, esta Sala de Casación Social deja sentado a partir de la publicación de este fallo que este medio de impugnación excepcional es inadmisible cuando se solicite contra las sentencias que resuelvan acciones de amparo constitucional emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, pues en caso de producirse la violación de alguna norma constitucional con estos fallos, las mismas son revisables a través de la Sala Constitucional de este Supremo Tribunal.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 5 de octubre de 2005. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
amparo constitucionalcontrol de la legalidadsentencia laboralJuzgado Superiorviolación de normasdecisión inadmisibleprocedimiento laboral