Sentencia N° 795 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de noviembre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0795, Exp. 18-20, 01/11/2018
Expediente18-20
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-11-01
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de casación interpuesto por AGUSTÍN FERNÁNDEZ contra la decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Aragua, que había declarado sin lugar la apelación de la parte actora. La Sala determinó que el recurso de casación había perecido debido a que la parte demandante no presentó el escrito de formalización dentro del lapso establecido por la ley, lo que llevó a declarar la caducidad del mismo.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando el escrito de formalización no se presente en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la ley adjetiva laboral, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del lapso para formalizar el recurso, la Secretaría de la Sala de Casación, mediante auto N° 527 de fecha 20 de marzo de 2018, dejó constancia de lo siguiente: '…de acuerdo con lo ordenado en el auto precedente, hace constar que el lapso para formalizar este recurso, comenzó a correr en fecha ocho (08) de diciembre de 2017, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se dan para el anuncio, y venció el doce (12) de enero del año 2018 incluyendo el término de la distancia correspondiente de dos (2) días'.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandante recurrente, ciudadano AGUSTÍN FERNÁNDEZ, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de fecha 30 de noviembre de 2017. Se condena en costas a la parte actora recurrente de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

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