Sentencia N° 794 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de julio de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0794, Exp. 09-751, 20/07/2010
Expediente09-751
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-07-20
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social, dictó una sentencia el 20 de julio de 2010, en el marco de un juicio por indemnización por accidente de trabajo. La Sala declaró perecido el recurso de casación interpuesto por el demandante, JOSÉ GREGORIO VELÁSQUEZ, debido a que la formalización del recurso fue presentada fuera del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El recurso debía ser formalizado dentro de un plazo de veinte días consecutivos, contados a partir del anuncio del mismo, y la parte demandante presentó su escrito de formalización el 19 de junio de 2009, después de la fecha límite.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del especialísimo recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha trece (13) de mayo de 2009, día siguiente al último de los cinco (5) días de Despacho que se otorga para el anuncio, y venció el tres (3) de junio del año 2009, incluyendo el término de la distancia respectivo. En este sentido, observa la Sala que la demandante recurrente en casación, presentó escrito de formalización del recurso de casación, el día 19 de junio de 2009 con posterioridad a la finalización del lapso correspondiente en consecuencia, esta Sala considera perecido el recurso de casación interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandante contra el fallo emitido en fecha 4 de mayo de 2009, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay condenatoria en costas al recurrente en casación, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recursoprescripcióntrabajoindemnizaciónjurisdicciónprocedimiento

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