Sentencia N° 792 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 792, Exp. 03-563, 16/12/2003
Expediente03-563
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2003-12-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, declara con lugar el recurso y anula la sentencia del Juzgado Superior que había condenado al pago de indemnización por daño moral. La Sala argumenta que la sentencia recurrida incurrió en vicio de inmotivación al no justificar adecuadamente la cuantificación del daño moral, lo que impide el control de la legalidad de la decisión. Se ordena al Juzgado Superior que dicte una nueva sentencia ajustada a los criterios establecidos en el fallo.

Extracto de la motiva

La falta de motivación por parte del Juez en la estimación del daño moral, traerá como consecuencia el incurrir en la infracción contenida en el ordinal 4° del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, es decir, incurrirá en el vicio de inmotivación de la sentencia. Así, se ha dicho que la falta de motivación por parte del Juez en la estimación del daño moral, traerá como consecuencia el incurrir en la infracción contenida en el ordinal 4° del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, es decir, incurrirá en el vicio de inmotivación de la sentencia. Así, se ha dicho que la falta de motivación por parte del Juez en la estimación del daño moral, traerá como consecuencia el incurrir en la infracción contenida en el ordinal 4° del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, es decir, incurrirá en el vicio de inmotivación de la sentencia.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 30 de abril de 2002, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro. En consecuencia, se anula el fallo recurrido, y se ordena al Juzgado Superior anteriormente mencionado, dicte nueva sentencia acogiendo el criterio establecido en el presente fallo.

Palabras clave

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