Sentencia N° 790 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de julio de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 790, Exp. 04-579, 15/07/2004
Expediente04-579
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2004-07-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de julio de 2004, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por LUZ MARINA LUNA DE ASIS contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La Sala fundamentó su decisión en la falta de cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente el artículo 178, que regula el tiempo para solicitar dicho recurso tras la publicación del fallo. Se determinó que el recurso fue presentado de manera extemporánea, lo que llevó a su inadmisibilidad.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía del control de la Legalidad aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación violenten o amenacen con violentar las normas de estricto orden público o cuando la decisión sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala. Ahora bien, una vez cumplidos los requisitos de admisibilidad previstos en la Ley Adjetiva Laboral, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente para aquellas circunstancias donde se hayan violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad propuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 27 de febrero de 2004, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con sede en el edificio José María Vargas. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen ya identificado.

Palabras clave

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