Sentencia N° 787 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de junio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0787, Exp. 08-844, 05/06/2008
Expediente08-844
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoDesistido
Fecha de la decisión2008-06-05
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 5 de junio de 2008, declara desistido el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada, homologando el convenio de desistimiento presentado por el abogado Néstor J. Morales Velásquez. Este desistimiento se produce en el contexto de un juicio por cobro de prestaciones sociales, donde ambas partes han acordado desistirse de sus acciones.
Extracto de la motiva
En virtud del convenio suscrito y consignado en autos y luego de verificado que el apoderado tiene conferida la facultad con la que actúa, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de hecho propuesto por la representación judicial de la parte demandada, y en consecuencia, le imparte su homologación. 2) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.
Dispositiva
1) DESISTIDO el recurso de hecho propuesto por la representación judicial de la parte demandada, y en consecuencia, le imparte su homologación. 2) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.
Palabras clave
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