Sentencia N° 786 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de agosto de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0786, Exp. 17-200, 10/08/2017
Expediente17-200
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-08-10
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Pedro José Olivier González contra una decisión del Juzgado Superior del Trabajo del estado Vargas. La Sala determinó que el procedimiento adecuado para impugnar actos administrativos de la Inspectoría del Trabajo es el regulado por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no el de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

En el presente caso estamos en presencia de un recurso de control de legalidad ejercido contra la decisión de fecha 28 de noviembre del año 2016, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, con sede en Maiquetía, con ocasión a un juicio de nulidad contra un acto de efectos particulares, constituido por una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo del aludido estado. Ahora bien, el procedimiento previsto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo no se adecua al tipo de causas antes referida, pues lo correcto es aplicar las normas adjetivas previstas en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en virtud de que la pretensión deducida está dispuesta a atacar un acto administrativo. En ese sentido, conforme a la doctrina jurisprudencial de la Sala, recogida en la transcripción precedente, tratándose la decisión impugnada por vía del recurso excepcional de un fallo emanado de un Juzgado Superior del Trabajo que conoció de un procedimiento de nulidad de un acto administrativo dictado por una Inspectoría del Trabajo, debe declararse inadmisible el control de la legalidad interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano PEDRO JOSÉ OLIVIER GONZÁLEZ, contra la sentencia de fecha 28 de noviembre del año 2016, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, con sede en Maiquetía. No hay expresa condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

control de la legalidadnulidadactos administrativosjuzgados superiorestrabajo

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