Sentencia N° 785 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0785, Exp. 16-347, 04/08/2016
Expediente16-347
PonenteEdgar Gavidia Rodríguez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-08-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 4 de agosto de 2016, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del 26 de febrero de 2016. La Sala argumentó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que no se trataba de sentencias recurribles en casación y no se evidenciaba la violación de normas de orden público laboral. La parte demandada había denunciado que la sentencia recurrida violaba varios artículos de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, argumentando que la decisión del tribunal superior se basó en una errada valoración de las pruebas y una incorrecta apreciación de la relación laboral entre el demandante y las demandadas. Sin embargo, la Sala consideró que el alcance de la solicitud de control de la legalidad no se ajustaba a los fines del recurso, lo que llevó a su inadmisibilidad. Finalmente, la Sala ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen, sin condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la ley adjetiva laboral, reproducida en el párrafo precedente a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada el 26 de febrero de 2016, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona. No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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