Sentencia N° 785 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de julio de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0785, Exp. 05-028, 07/07/2005
Expediente05-028
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-07-07
DecisiónADMITE

Resumen

La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La parte recurrente argumenta que se violentó el principio de inmediación al dictarse una sentencia oral por un juez distinto al que la publicó. La Sala considera que el recurso no ha sido intentado maliciosamente y encuentra motivos suficientes para admitirlo, ordenando seguir el procedimiento correspondiente.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, señala la parte recurrente que el Juzgado Superior repuso la causa al estado de fijarse la oportunidad para la celebración de una nueva Audiencia de Juicio, pues a criterio del sentenciador se violentó el principio de inmediación cuando la sentencia de mérito apelada fue dictada en forma oral por una juez distinta al juzgador que la reprodujo y publicó in extenso. Alega el recurrente que con la referida decisión se atentó contra el principio de brevedad y celeridad establecido en los artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, toda vez que en el presente caso se consumó el acto de justicia en aplicación de los principios constitucionales de oralidad y brevedad.

Dispositiva

ADMITE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y ordena seguir el procedimiento previsto al efecto en los artículos 173 y 174 de dicha Ley, aplicables por remisión de aquél.

Palabras clave

cobro de diferenciasprestaciones socialescontrol de la legalidadprincipio de inmediaciónaudiencia de juiciobrevedadceleridadoralidad

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