Sentencia N° 785 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de julio de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 785, Exp. 04-530, 15/07/2004
Expediente04-530
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2004-07-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de julio de 2004, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionada contra la sentencia del Juzgado Quinto Superior del Trabajo. La Sala argumenta que no se constatan infracciones o amenazas a normas de orden público procesal ni a la jurisprudencia reiterada, lo que justifica la inadmisibilidad del recurso. Se enfatiza la potestad de la Sala para restringir la admisibilidad de recursos extraordinarios en función de la protección de derechos fundamentales en el ámbito laboral.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía del control de la legalidad aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación violenten o amenacen con violentar las normas de estricto orden público o cuando la decisión sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala. Ahora bien, una vez cumplidos los requisitos de admisibilidad previstos en la Ley Adjetiva Laboral, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente para aquellas circunstancias donde se hallan violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y derecho a la defensa. En el caso concreto, informa el recurrente que la sentencia incurre en vicios de valoración de la prueba de informes lo cual la lleva a ordenar la aplicación del último salario devengado por el actor a los fines de realizar los cálculos pendientes. Para el caso bajo estudio, no constata la Sala infracción o amenaza de violación de normas que informan al orden público procesal o de la Jurisprudencia reiterada. De manera que, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad propuesto por la parte accionada contra la decisión de fecha 29 de abril de 2004, dictada por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de la Causa, o sea, al Juzgado Cuarto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen ya identificado.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadderecho laboraljurisprudenciaorden públicodebido procesovaloración de pruebas

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