Sentencia N° 782 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0782, Exp. 15-230, 11/08/2015
Expediente15-230
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónADMITE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Jesús Ramón Páez Carballo contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Cojedes, que había declarado sin lugar ambos recursos de apelación. La Sala consideró que el recurso no fue interpuesto maliciosamente y que existían motivos racionales para su interposición, por lo que se admitió el recurso conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violentó normas de orden público consagrados en los artículos 26 y 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, afectando el derecho a la defensa y al debido proceso, por cuanto obvió las pruebas que demuestran los salarios devengados por el trabajador, vulnerando en consecuencia la tutela judicial efectiva consagrados en los artículos antes mencionados, así como el ordenamiento jurídico en materia laboral, procedimental laboral y desconociendo la jurisprudencia de esta Sala respecto a los artículos 10 y 69 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con los artículos 12, 15 y 509 del Código de Procedimiento Civil, al silenciar pruebas aportadas y no aplicar la noción de sana crítica en la valoración de las pruebas.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 3 de febrero de 2015, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. En consecuencia, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

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