Sentencia N° 782 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de junio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0782, Exp. 08-088, 05/06/2008
Expediente08-088
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2008-06-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio de partición agraria. La decisión de la Sala se fundamentó en la existencia de un vicio de inmotivación por silencio de prueba, ya que el tribunal de alzada no valoró ni mencionó las pruebas presentadas por la parte demandada, lo que impidió el control de la legalidad del fallo. En consecuencia, se declaró con lugar el recurso de casación y se ordenó la reposición de la causa al estado en que el tribunal competente dicte nuevo fallo corrigiendo el defecto de actividad que anula la decisión recurrida.
Extracto de la motiva
Consta de la denuncia expuesta por los formalizantes, que esta versa sobre el vicio de inmotivación, por lo que es preciso indicar que de acuerdo con la doctrina pacífica y reiterada de la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, el vicio de inmotivación puede asumir diversas modalidades, y sobre este particular se ha enseñado: Existe inmotivación de una sentencia cuando sucede alguna de las siguientes hipótesis: 1º) Si no contiene materialmente ningún razonamiento de hecho ni de derecho en que pueda sustentarse el dispositivo; 2º) Si las razones expresadas por el sentenciador no tienen relación alguna con la pretensión deducida o con las excepciones o defensas opuestas; 3º) Los motivos se destruyen los unos a los otros por contradicciones graves e inconciliables, situación comparable a la falta absoluta de fundamentos; 4º) Los motivos son tan vagos, generales, inocuos, ilógicos o absurdos que impiden conocer el criterio jurídico que siguió el Juez para dictar su decisión; y 5º) Cuando el sentenciador incurre en el denominado ‘vicio de silencio de prueba’. (Sentencia Nº 324, Sala de Casación Social, del 29 de noviembre de 2001). En el caso sub iudice, los formalizantes han señalado que el caso concreto de inmotivación en el asunto que nos ocupa, surge por el silencio de pruebas en que incurre la recurrida, expresando que se ha obviado el análisis y valoración de todas las pruebas promovidas.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte accionada, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 6 de diciembre de 2007; se ANULA la sentencia mencionada, y se ORDENA LA REPOSICIÓN de la causa al estado en que el tribunal de alzada correspondiente dicte nuevo fallo corrigiendo el defecto de actividad que anula la decisión recurrida.
Palabras clave
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