Sentencia N° 782 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de abril de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0782, Exp. 06-1878, 26/04/2007
Expediente06-1878
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-04-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 603 el 26 de marzo de 2007, declarando con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte actora. Se confirmó la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que había declarado sin lugar la demanda de Carlos Eduardo Ochoa Terán contra las codemandadas, y se aclaró que no se condenó en costas. Posteriormente, las codemandadas solicitaron aclaratoria sobre la omisión de condenatoria en costas, lo que llevó a la Sala a emitir un pronunciamiento sobre esta solicitud. Finalmente, se dejó aclarada y ampliada la sentencia en los términos precedentes.
Extracto de la motiva
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia declaró sin lugar la demanda incoada por el ciudadano CARLOS EDUARDO OCHOA TERÁN contra las empresas MERIDIANO TELEVISIÓN, CANAL TV EASA S.A. y DISTRIBUIDORA CONTINENTAL, C.A.; parcialmente con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano CARLOS EDUARDO OCHOA TERÁN contra la empresa CONTINENTAL TV C.A. y no condenó en costas en virtud de lo contemplado en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y como las codemandadas CANAL TV EASA S.A. y DISTRIBUIDORA CONTINENTAL, C.A. no ejercieron el recurso de apelación, de conformidad con el artículo 288 del Código de Procedimiento Civil y el principio de prohibición de reformatio in peius, es necesario confirmar la decisión respecto a las costas a favor de las mismas.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que se deja aclarada y ampliada la sentencia N° 603, publicada en fecha 26 de marzo de 2007 en los términos precedentes.