Sentencia N° 773 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de septiembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0773, Exp. 13-633, 16/09/2013
Expediente13-633
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-09-16
DecisiónDesistido

Resumen

En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil El Tunal, C.A. contra un acto administrativo que certificaba la condición de salud de un trabajador. La apelación fue considerada desistida debido a la falta de presentación de los fundamentos de hecho y de derecho dentro del plazo establecido por la ley.

Extracto de la motiva

Como se observa del dispositivo legal transcrito, el legislador impuso a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso, cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se fundamentara la apelación en la presente causa, incluyendo el término de la distancia, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha 31 de mayo de 2013, día siguiente al auto en que se dio cuenta en Sala del ingreso del expediente, y venció el día 17 de junio de 2013, ambas fechas inclusive.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 9 de octubre de 2012. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.

Palabras clave

recurso contenciosonulidadamparo constitucionalcertificacióntrabajodiscapacidad

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