Sentencia N° 772 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de abril de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0772, Exp. 04-309, 28/04/2006
Expediente04-309
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-04-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia relacionado con un recurso contencioso administrativo interpuesto por Jacobo Leen Medina contra un acto administrativo del Ministerio de Educación. La Sala determinó que la competencia para conocer del caso corresponde al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en virtud de la relación de empleo público entre el docente y la administración pública. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia establecida por la Sala Constitucional y la normativa vigente sobre la materia.
Extracto de la motiva
En primer lugar, es necesario destacar que la Sala Plena de este máximo Tribunal de la República, determinó en sentencia N° 24, del 26 de octubre de 2004 (caso: Domingo Manuel Manjares Hernández), que es ella la competente para dirimir los conflictos que hayan surgido entre juzgados, ordinarios o especiales, cuando no exista tribunal superior y común a ellos en el orden jerárquico. Sin embargo, en el caso bajo examen la Sala Constitucional, después de revisar el fallo mediante el cual esta Sala había regulado la competencia, ordenó que se dictara una nueva decisión, conforme con el criterio que ella asumió. Por lo tanto, visto el mandato emitido por la mencionada Sala Constitucional –que en definitiva determinó, con carácter vinculante, cuál es el órgano jurisdiccional competente para conocer de casos como el de autos–, y a fin de evitar que el presente proceso se extienda aún más –innecesariamente–, esta Sala asume la competencia para resolver el conflicto planteado. A tal efecto, se observa que el asunto sometido al conocimiento de esta Sala se contrae a un recurso de nulidad intentado por el ciudadano Jacobo Leen Medina, docente de un instituto educativo adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (hoy Ministerio de Educación y Deportes), contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 2.616, dictada por ese Ministerio en fecha 16 de diciembre de 1996, referida a su derecho a la jubilación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara COMPETENTE para conocer de la presente causa al JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, que le sea distribuida la misma. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital que actúe como Tribunal Distribuidor.
Palabras clave
conflicto negativo de competenciarecurso contencioso administrativonulidadjubilaciónadministración públicadocenteLey Orgánica de Educacióncompetencia