Sentencia N° 771 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de julio de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0771, Exp. 10-809, 13/07/2010
Expediente10-809
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-07-13
DecisiónADMITE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, admite el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Miranda. La parte recurrente argumenta que la decisión impugnada violó varios artículos de la Constitución y de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como del Código de Procedimiento Civil, al no valorar adecuadamente las pruebas presentadas. El Tribunal establece que el recurso es un medio excepcional de impugnación y que se deben cumplir ciertos requisitos para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

Ahora bien, siendo el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación, y/o; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Asimismo, es oportuno señalar, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, de fecha 20 de mayo de 2010. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

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