Sentencia N° 770 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de octubre de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 770, Exp. 03-539, 01/12/2003
Expediente03-539
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-10-16
DecisiónEXTEMPORÁNEA
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia dictó una aclaratoria sobre una solicitud de aclaratoria presentada por el apoderado judicial de la parte actora, en relación a una sentencia publicada el 16 de octubre de 2003. La solicitud fue presentada el 20 de octubre de 2003, lo que fue considerado extemporáneo según el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, que establece que el lapso para solicitar aclaratorias es el mismo día de la publicación o al día siguiente. La Sala declaró la solicitud como extemporánea.
Extracto de la motiva
Dicha norma consagra que el lapso para solicitar las aclaratorias y ampliaciones es el mismo día de la publicación del fallo o en el día siguiente. Esta Sala de Casación Social en sentencia de fecha 15 de marzo del año 2000, dejó sentado y amplió el criterio para solicitar aclaratorias y ampliaciones sólo con relación a las decisiones de instancia, no así con el lapso para solicitar aclaratorias y ampliaciones de las decisiones proferidas por este Máximo Tribunal, siendo en consecuencia el lapso para ello, el establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, como se ha establecido en anteriores fallos dictados por esta Sala de Casación Social.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara EXTEMPORÁNEA, la solicitud de aclaratoria interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada y publicada por esta Sala de Casación Social de fecha 16 de octubre del año 2003.