Sentencia N° 769 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de junio de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0769, Exp. 14-089, 11/06/2014
Expediente14-089
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-06-11
DecisiónDesistido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por José Gregorio Díaz Valera contra el auto de admisión de pruebas del 22 de noviembre de 2013. La decisión se basa en la falta de presentación del escrito de fundamentación dentro del término establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Se establece que la apelación se considera desistida si no se presenta la fundamentación en el lapso de diez días de despacho.

Extracto de la motiva

El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dispone lo siguiente: Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación. Del dispositivo legal transcrito, se desprende la carga procesal que el legislador impone a la parte apelante de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso, cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. Practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se fundamentara la apelación, se constata que el mismo comenzó a transcurrir el siete (7) de febrero de 2014, día siguiente al auto en que se dio cuenta en Sala del ingreso del expediente, y venció el día seis (6) de marzo de 2014, incluyendo el término de distancia que en el caso concreto es de nueve (9) días.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano José Gregorio Díaz Valera, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal, el 22 de noviembre de 2013. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado de origen.

Palabras clave

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