Sentencia N° 768 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0768, Exp. 17-315, 09/08/2017
Expediente17-315
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-08-09
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de agosto de 2017, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, Isabel Castellanos de Pérez, debido a la falta de formalización del mismo dentro del lapso legal establecido. La Sala argumentó que, aunque la parte demandante anunció su recurso oportunamente, no presentó el escrito de formalización en el tiempo requerido, lo que llevó a la declaración de la caducidad del recurso conforme al artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La decisión se fundamenta en que el plazo para la formalización del recurso comenzó a contar desde el día siguiente al anuncio del mismo, y al no haberse presentado el escrito correspondiente, se considera que el recurso ha perecido. Además, se menciona que no se presentaron fundamentos que justificaran el recurso en el momento de su anuncio, lo que también contribuyó a la decisión de la Sala. Finalmente, se condena en costas a la parte demandante, y se ordena continuar con el trámite del recurso de casación incoado por la parte demandada.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de distancia que corresponda, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos la parte demandante anunció su recurso de casación oportunamente, sin embargo, no presentó el escrito de formalización del mismo, siendo que el lapso de veinte (20) días para dicha actuación más el término de distancia, comenzó a transcurrir en fecha 7 de marzo de 2017, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se dan para el anuncio del referido recurso extraordinario, y venció el 27 de marzo de 2017, lo cual consta en cómputo realizado por secretaría en fecha 29 de junio de 2017, sin que conste en autos la formalización del recurso de casación en lo que respecta a la parte demandante, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, considera perecido el recurso interpuesto por la parte demandante.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandante ciudadana ISABEL CASTELLANOS DE PÉREZ, contra la sentencia dictada en fecha 23 de febrero de 2017, por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y continúese con el trámite del recurso de casación incoado por la representación judicial de la parte demandada.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de casaciónfalta de cualidadtrabajocostas

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca