Sentencia N° 765 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0765, Exp. 15-226, 11/08/2015
Expediente15-226
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre los recursos de control de la legalidad interpuestos por ambas partes en un juicio por acreencias laborales. La Sala determinó que la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo, se ajustaba a derecho y no era necesario desplegar actividad jurisdiccional adicional. Por lo tanto, se declararon inadmisibles los recursos interpuestos por el demandante y el demandado.
La parte demandada argumentó que la sentencia del ad quem violentó normas de orden público y el derecho a la defensa, mientras que la parte demandante denunció la violación de principios constitucionales y legales. Sin embargo, la Sala concluyó que no se alineaban a las pretensiones del recurso de control de la legalidad, lo que llevó a la decisión de inadmisibilidad.
Finalmente, el Tribunal declaró inadmisibles los recursos de control de la legalidad interpuestos, sin expresa condenatoria en costas, y ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral.
Ahora bien, en razón que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral, referida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal.
En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. Al respecto, cabe mencionar que el artículo 178 y siguiente de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, consagra la forma cómo será interpuesto el recurso de control de la legalidad, al establecer que el mismo se solicitará a instancia de parte, mediante escrito que no excederá de tres (3) folios útiles, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE los recursos de control de la legalidad interpuestos por ambas partes, en contra de la sentencia dictada el 26 de noviembre de 2014, por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, en conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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