Sentencia N° 762 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 762, Exp. 03-389, 01/12/2003
Expediente03-389
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-12-01
DecisiónCASA DE OFICIO
Resumen
La Sala de Casación Social, en virtud de un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, decidió casar de oficio la sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo. La decisión original había declarado sin lugar la prescripción alegada por la parte demandada y ordenó remitir el expediente al juzgado de primera instancia para que dictara sentencia sobre el fondo del asunto. La Sala consideró que esta actuación menoscabó el derecho a la defensa de las partes, infringiendo varios artículos del Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la (sic) abogado, Sergio Pérez, apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 20 de septiembre de 1999, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la prescripción alegada por la parte demandada. TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Décimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictar sentencia de fondo en la presente causa. CUARTO: SE REVOCA la sentencia de fecha 20 de septiembre de 1999, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. QUINTO: No hay condenatoria en costas.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley CASA DE OFICIO la sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de febrero del año 2003 y en consecuencia, ANULA el mencionado fallo, y repone la causa al estado en que el Tribunal Superior que resulte competente, dicte una nueva decisión pronunciándose sobre el fondo de la presente acción. Así se declara.
Palabras clave
prescripciónrecurso de casaciónderecho a la defensasentencia laboraltutela judicial efectivadoble instanciaCódigo de Procedimiento Civil