Sentencia N° 759 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de agosto de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0759, Exp. 16-260, 01/08/2016
Expediente16-260
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-08-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes contra una sentencia que negó una medida preventiva de embargo. La Sala argumentó que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos, ya que la sentencia impugnada no pone fin al juicio y cualquier eventual gravamen puede ser reparado en el fallo definitivo. Se reafirmó el criterio de que este tipo de recursos es inadmisible cuando se solicita contra sentencias interlocutorias.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad de dicho recurso. Además, la admisión del recurso in commento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto mediante escrito cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida norma establece para su interposición, el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. Adicionalmente, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de los ciudadanos PEDRO CELESTINO ROJAS, JESÚS SALOMÓN ESPINOZA ROMERO y CARLOS ANTONIO SUÁREZ, contra la sentencia publicada el 14 de enero de 2016 por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

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