Sentencia N° 755 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de abril de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0755, Exp. 07-437, 12/04/2007
Expediente07-437
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-04-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, destacando que el recurso no cumplía con las exigencias necesarias para su procedencia.
Extracto de la motiva
Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En primer lugar, delata la parte actora recurrente la infracción por la recurrida de los artículos 1980 del Código Civil y 180 de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto la recurrida condenó al pago de las utilidades desde el año 1997, y a su decir, las utilidades son conceptos que tienen un lapso de prescripción de tres (3) años, por lo que sólo procedía el pago de las utilidades que se causaron desde enero a junio del año 2005, las del año 2004 y las del año 2003, puesto que las de años anteriores prescribieron. Por otra parte, delata la infracción del numeral 2° del artículo 49 de la Constitución de la República, al habérseles cercenado el derecho a la defensa, por haber el sentenciador de alzada desechado la documental constituida por la cuenta individual del actor emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Finalmente, alega la infracción por la recurrida de la reiterada jurisprudencia emanada de esta Sala, específicamente la de fecha 13 de junio del año 2006, que establece que el documento público administrativo goza de una presunción de veracidad y legitimidad, ello por cuanto a su decir, el sentenciador de la recurrida no le dio valor a documentos públicos administrativos presentados como pruebas, como lo es la comunicación emanada del Departamento de Infracciones de la Dirección de Vigilancia del Cuerpo Técnico de Vigilancia del Tránsito y Transporte Terrestre del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, que señala que el hoy actor presenta amonestaciones por parte de ese Organismo por encontrarse involucrado con dos accidentes de tránsito, lo que a decir del recurrente, demuestra que la relación de trabajo terminó mucho antes que la fecha señalada por el actor, por cuanto el mismo era conductor de una buseta de transporte público.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 12 de febrero del año 2007, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
Palabras clave
control de la legalidadinadmisionprestaciones socialesderecho a la defensajurisprudenciaCódigo CivilLey Orgánica del Trabajodocumentos públicos