Sentencia N° 754 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de julio de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 754, Exp. 04-129, 15/07/2004
Expediente04-129
PonenteNORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2004-07-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de hecho propuesto contra la decisión que negó el recurso de casación interpuesto. La Sala argumenta que la conformidad entre las sentencias de primera y segunda instancia no viola los principios del debido proceso y el derecho a la defensa. Se establece que el recurso de casación solo es admisible si hay disconformidad entre las sentencias de instancia, y en este caso, no se cumplen las exigencias para su admisión.

Extracto de la motiva

Esta Sala Especial Agraria en reiterada jurisprudencia se ha pronunciado con respecto al criterio anterior; en este caso traemos a colación la sentencia número 531, expediente número 264 de fecha 8 de octubre de 2002, la cual establece: '(...) al ser el fallo de la segunda instancia agraria conforme con el de la primera, no hay lugar a la admisión del recurso de casación propuesto, quedando de esta manera firme definitivamente la decisión proferida. (...)'. Lo expuesto permite señalar que por argumento en contrario, la exigencia procesal de la conformidad, entre los fallos de la instancia agraria que involucre el acorde comparativo en lo dispositivo de las decisiones, para inadmitir el recurso de casación agrario, se corresponde con los principios de justicia expedita y sin dilaciones indebidas, donde subyacen seguramente en los criterios de los sentenciadores de instancia, las mismas razones de hecho y de derecho; y obran en función de la motivación y congruencia de toda sentencia, que derivan a su vez del fundamento constitucional del artículo 26 de nuestra Carta Magna y del precepto legal contenido en distintos supuestos del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, respectivamente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuestos contra la decisión dictada el día 27 de enero de 2004, que negó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de fecha 12 de enero de 2004, dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario con sede en Barquisimeto, y por tanto inadmisible el recurso de casación anunciado. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

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