Sentencia N° 749 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0749, Exp. 15-654, 11/08/2015
Expediente15-654
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por la sociedad Coca Cola FEMSA de Venezuela, S.A. contra una decisión del Juzgado Superior del Trabajo de Guárico. La apelación fue considerada desistida debido a que la parte recurrente no presentó los fundamentos requeridos dentro del plazo establecido por la ley.
Extracto de la motiva
Este artículo le impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso de autos el expediente se dio por recibido el 11 de junio de 2015 y la parte recurrente no fundamentó su recurso, siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación más el término de distancia, venció el 30 de junio de 2015, lo cual consta en cómputo realizado por secretaría en fecha 21 de julio de 2015.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la decisión dictada en fecha 18 de noviembre de 2014, Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, San Juan de los Morros; y, en consecuencia, queda firme el fallo apelado.