Sentencia N° 745 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de octubre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0745, Exp. 17-537, 10/10/2018
Expediente17-537
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-10-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por las ciudadanas María del Carmen Zerpa e Ítala Zerpa de Iglesias contra la sentencia del Juzgado Superior Agrario que declaró inadmisible su recurso de nulidad. La apelación fue desestimada, confirmando la decisión del tribunal inferior por considerar que el recurso fue presentado fuera del lapso legal establecido para su interposición, lo que resultó en la caducidad de la acción.

Extracto de la motiva

La parte actora en el escrito de fundamentación de su recurso, denunció que el a quo en su decisión aplicó erradamente el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa para declarar la inadmisibilidad del recurso de nulidad. Del mismo modo, delató que el juez superior debió haber aplicado el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que deben transcurrir noventa (90) días continuos para poder interponerse nuevamente la demanda, una vez verificada la perención. Adicionalmente, indicó que la acción incoada fue interpuesta en fecha 4 de mayo de 2017, conforme a lo dispuesto en el artículo 271 eiusdem. Ahora bien, el a quo en su fallo dispuso: Determinadas las causales establecidas en el artículo 160 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario del presente recurso, y una vez realizada la revisión exhaustiva de todas y cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Juzgadora pasa a esgrimir si el mismo se encuentra incurso en alguna de las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 162 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a saber: (…Omissis…) 3º En relación al ordinal tercero, en adecuación con la naturaleza del asunto, representado por un acto administrativo denominado “…Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario…”, deben realizarse las siguientes consideraciones referidas a la “caducidad del recurso”. Por tal motivo, traemos a colación en relación al contendido del presente caso lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa aplicada supletoriamente el cual establece: (…Omissis…) En ese orden, se aprecia que dicho recurso se encuentra fuera del lapso de treinta (30) días continuos que la Ley otorga para ejercer el correspondiente recurso de nulidad contra la “Garantía De Permanencia Agraria y Carta De Registro Agrario, siendo que señalan los recurrentes en su escrito liberar que se dieron por notificados el día 10 de noviembre de 2016, para lo cual han transcurridos más 164 días continuos. Y así se decide.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los apoderados judiciales de las ciudadanas MARÍA DEL CARMEN ZERPA e ÍTALA ZERPA DE IGLESIAS, quienes actúan en nombre propio y en representación de la ciudadana SARA DEL CARMEN ZERPA, todos plenamente identificados en autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida el 15 de abril de 2017. En consecuencia, CONFIRMA la decisión apelada en los términos expuestos en el presente fallo.

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