Sentencia N° 738 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0738, Exp. 05-539, 01/07/2005
Expediente05-539
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-07-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de julio de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Edwin Ascanio contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo del Estado Lara. La decisión recurrida había sido publicada el 14 de marzo de 2005, y el recurso fue presentado fuera del plazo establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que limita la interposición a cinco días hábiles tras la publicación de la sentencia. La Sala argumentó que el plazo para interponer el recurso concluyó el 21 de marzo de 2005, por lo que no podía ser admitido.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el Control de la Legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En el presente caso la decisión recurrida fue publicada en fecha 14 de marzo de 2005, ejerciendo la parte actora el Recurso Extraordinario de Control de la Legalidad, en fecha 28 de marzo de 2005. Ahora bien, del cómputo realizado por el Tribunal de la recurrida se evidencia, que el plazo para la interposición del recurso de control de la legalidad concluyó en fecha 21 de marzo de 2005, por lo que forzosamente debe esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarar inadmisible el mismo.

Dispositiva

En mérito a las precedentes conclusiones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha 14 de marzo de 2005, emanada del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. No hay expresa condenatoria en costas del recurso dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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