Sentencia N° 735 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de julio de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0735, Exp. 12-309, 04/07/2012
Expediente12-309
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-07-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por CITIBANK N.A. contra una sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La parte demandada alegó que la sentencia recurrida infringió principios de imparcialidad y que se incurrió en tergiversación de las actas del expediente. Sin embargo, la Sala determinó que la decisión impugnada se encontraba ajustada a derecho y no reveló violación de normas de orden público.

Extracto de la motiva

En el caso sub examine, arguye la representación judicial de la parte demandada que la sentencia recurrida infringió la reiterada jurisprudencia relacionada con el principio de imparcialidad del tribunal, así como de la garantía constitucional de imparcialidad consagrada en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que no obstante, haber establecido el Superior que la accionante pertenecía a la nomina de oficiales del banco, descarta la realidad respecto a dicho punto por el que se determinan los beneficios reclamados y su cuantía, ya que según la convención colectiva los beneficios de los oficiales son diferentes a los de los empleados. Refiere, que la recurrida al analizar la cláusula 41 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre Citibank y el Sindicato Único de Trabajadores Bancarios, concluye que el Fondo Especial de Prestación de Antigüedad Convencional, tiene carácter salarial y desecha la aplicación normativa convencional que regula a los Oficiales del Banco, a cuya categoría de empleados pertenece la demandante, señalando para su desaplicación el incumplimiento de un requisito de forma consistente en la suscripción de un acta convenio debidamente homologada por un funcionario del trabajo, supliendo con ello defensas de la parte actora, pues la accionante en ningún momento negó su carácter de oficial de Citibank ni manifestó estar excluida del régimen convencional propio de los oficiales del banco; y más aun, aceptó los pagos hechos en su condición de oficial según la normativa propia para los oficiales del Citibank, infringiendo el sentenciador de alzada el principio de congruencia de lo decidido con lo alegado y comprometiendo su imparcialidad en el proceso.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 8 de febrero de 2012. Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

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