Sentencia N° 731 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0731, Exp. 15-556, 11/08/2015
Expediente15-556
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Antonio Rafael Mendola contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La decisión se basa en que la cuantía de la demanda superaba el umbral requerido para la admisibilidad del recurso de casación, lo que permite que la sentencia impugnada sea recurrible en casación. El Tribunal determinó que la demanda presentada fue estimada en tres millones quinientos veinticuatro mil quinientos sesenta bolívares, lo que excede la cuantía mínima exigida. Sin embargo, el recurso de control de la legalidad fue declarado inadmisible, ya que no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Finalmente, se decidió declarar inadmisible el recurso y no se impuso condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión. Se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que el recurso de control de la legalidad podrá proponerse contra aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación. En ese orden de ideas, se observa que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la cuantía exigida para la admisibilidad del recurso de casación debe exceder de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.). En el caso de autos, la demanda presentada el 17 de octubre de 2014 fue estimada en la cantidad de tres millones quinientos veinticuatro mil quinientos sesenta bolívares con veintiséis céntimos (Bs.3.524.560,26). Ahora bien, considerando que para la fecha de interposición de la demanda, el valor de la unidad tributaria era de ciento veintisiete bolívares (Bs.127), la cuantía requerida en los juicios laborales para acceder a casación era de trescientos ochenta y un mil bolívares (Bs. 381.000), cantidad esta inferior a la estimación de la demanda; de allí que la sentencia impugnada es recurrible en casación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 15 de abril de 2015, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de legalidadrecursocasaciónprestaciones socialestrabajounidad tributaria

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca