Sentencia N° 730 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0730, Exp. 05-342, 01/07/2005
Expediente05-342
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2005-07-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de julio de 2005, declara con lugar el recurso de hecho interpuesto por Lilia Josefina Prieto de Pérez contra el auto que negó la admisión del recurso de casación. La Sala considera que el caso es procedente, dado que la sentencia del Juzgado Superior no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se admite el recurso de casación anunciado por la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social, del Tribunal Supremo de Justicia de seis (6) de abril de 2000 con ponencia del magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, señaló expresamente lo siguiente: omissis. Anexamos en 18 folios copia del fallo del máximo tribunal de justicia a los fines indicados. Por todas las razones expuestas solicitamos como en efecto lo hacemos se anule el fallo recurrido decretándose la reposición del juicio al estado de ordenar la Notificación del Ministerio Público y con posterioridad a ello ordenar se abra la articulación probatoria, anteriormente ordenada con base a la oposición a la disolución el vinculo matrimonial expresada por nuestra mandante.
Dispositiva
En mérito de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho propuesto por la ciudadana Lilia Josefina Prieto de Pérez, contra el auto de fecha 10 de febrero del año 2005, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. En consecuencia, SE ADMITE el recurso de casación anunciado por el representante legal de la ciudadana LILIA JOSEFINA PRIETO DE PÉREZ, contra la decisión de fecha 22 de noviembre de 2004, dictada por el mencionado Tribunal Superior.
Palabras clave
separacion de cuerposrecurso de hechocasaciondivorcionotificacioninteres publicoprocedimiento contenciosovinculo matrimonial