Sentencia N° 73 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de febrero de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 073, Exp. 16-0816, 17/02/2017
Expediente16-0816
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-02-17
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia de la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, declara perecido el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Joan Alexander Mudalel Blanco contra la sentencia del Juzgado Superior Octavo del Trabajo. La decisión se basa en que la parte actora no formalizó el recurso dentro del lapso establecido por la ley, lo que llevó a la Sala a considerar que el recurso había caducado.

Extracto de la motiva

Establece el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. De igual forma, el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de distancia, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos la parte actora anunció su recurso de casación oportunamente, pero no formalizó el mismo, siendo que el lapso de veinte (20) días consecutivos para la formalización del recurso de casación, comenzó a correr en fecha cuatro (4) de octubre de 2016, día siguiente al auto de admisión del recurso y venció el 23 de octubre de 2016, día domingo, dejándose constancia que el día hábil siguiente correspondió al 24 de octubre de 2016, lo cual se evidencia de cómputo realizado por Secretaría en fecha 10 de enero de 2017, razón por la cual esta Sala, en aplicación de los artículos antes indicados, considera perecido el recurso interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora ciudadano JOAN ALEXANDER MUDALEL BLANCO, contra la sentencia dictada en fecha 4 de noviembre de 2015, por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recursocasacióntrabajoformalizaciónprocedimiento

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