Sentencia N° 726 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de octubre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0726, Exp. 18-196, 02/10/2018
Expediente18-196
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-10-02
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, dictó sentencia el 2 de octubre de 2018, en el juicio de cobro de prestaciones sociales seguido por Hecker José Velásquez Rojas contra la sociedad mercantil Terraza Steak House, C.A. La Sala declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, debido a que no presentó el escrito de formalización dentro del lapso legal establecido, conforme a lo previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La decisión se fundamenta en que la parte demandada anunció su recurso de casación oportunamente, pero no cumplió con la formalización del mismo dentro del plazo de veinte días, que comenzó a contar desde el día siguiente al anuncio del recurso. La Sala consideró que la falta de formalización del recurso por parte de la demandada llevó a la declaración de su perecimiento, lo que implica que no se admitirá a trámite. Finalmente, se condenó en costas a la parte demandada y se ordenó continuar con el trámite del recurso de casación incoado por la parte actora.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de distancia que corresponda, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos, la parte demandada anunció su recurso de casación oportunamente, sin embargo, no presentó el escrito de formalización del mismo, siendo que el lapso de veinte (20) días para dicha actuación, comenzó a transcurrir en fecha 2 de marzo de 2018, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se dan para el anuncio del referido recurso extraordinario, y venció el 21 de marzo de 2018, lo cual consta en cómputo realizado por Secretaría en fecha 12 de junio de 2018, sin que conste en autos la formalización del recurso de casación en lo que respecta a la parte demandada, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, considera perecido el recurso interpuesto por la sociedad mercantil Terraza Steak House, C.A.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada sociedad mercantil TERRAZA STEAK HOUSE, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 20 de diciembre de 2017, por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y continúese con el trámite del recurso de casación incoado por la representación judicial de la parte actora.

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