Sentencia N° 724 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de junio de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0724, Exp. 10-1045, 29/06/2011
Expediente10-1045
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2011-06-29
DecisiónAdmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara admisible el recurso de control de legalidad interpuesto por el ciudadano Juan de la Cruz Castro Velasco contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Táchira. La decisión se basa en la falta de aplicación de normas procesales y la extinción del proceso por inasistencia a la audiencia preliminar. Se establece un lapso de 20 días para que la parte demandada conteste el recurso.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social, a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: Delata la representación judicial de la parte recurrente: La falta de aplicación de los artículos 130 y 203 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y la aplicación del artículo 1.972 del Código Civil, violentando con ello el dispositivo del artículo 11 del referido cuerpo normativo adjetivo del trabajo.
Dispositiva
En mérito a las precedentes conclusiones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 29 de junio de 2010, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En consecuencia, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendario consecutivos, para que la otra parte consigne su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará el día y la hora para que tenga lugar la audiencia pública y contradictoria.
Palabras clave
recursocontrol de legalidadtrabajosentenciajusticiaadmisibilidad