Sentencia N° 722 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de julio de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0722, Exp. 12-537, 04/07/2012
Expediente12-537
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-07-04
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió declarar inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, la sociedad mercantil FERRETERIA EPA, C.A., contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Lara. La Sala argumentó que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no vulnera normas de orden público laboral, por lo que no era necesario desplegar actividad jurisdiccional adicional. La decisión se basa en la falta de pruebas que demuestren la prestación de servicios en horario nocturno por parte del demandante.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, la representación judicial de la parte demandada denuncia la violación y falsa aplicación del artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; ya que en el presente caso el actor alegó que prestó servicios en turno nocturno durante la vigencia de la relación de trabajo, la demandada niega que haya prestado servicios en la referida jornada, con lo cual le correspondería a la parte actora de acuerdo al artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo demostrar (y no lo hizo) la prestación de servicios en horario nocturno. A tal efecto la demandada promovió pruebas que corren insertas en los folios 50 al 67 donde se evidencia que el actor solicitó y/o acepto cambios de turnos y que todos eran diurnos.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada sociedad mercantil FERRETERIA EPA, C.A., contra el fallo emitido por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 26 de marzo de 2012. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo ello de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidadrecursodecisiones judicialestrabajonormas laborales

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