Sentencia N° 715 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de abril de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 0715, Exp. 06-1944, 10/04/2007
Expediente06-1944
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-04-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de un convenio suscrito por las partes, ordena al Juzgado de Primera Instancia que continúe con los trámites procesales para la homologación de la transacción laboral presentada. Se deja sin efecto el auto que fijó la audiencia para el 15 de marzo de 2007, considerando que las partes han llegado a un acuerdo que extingue la litis. Además, se establece que no hay condenatoria en costas de acuerdo al artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

En virtud del convenio suscrito y consignado en autos y; luego de verificado que los apoderados tienen conferidas las facultades con las que actúan, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes y se pronuncie sobre la homologación respectiva y; deja SIN EFECTO el auto que fijó la audiencia para el jueves 15 de marzo de 2007.

Dispositiva

ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes y se pronuncie sobre la homologación respectiva y; deja SIN EFECTO el auto que fijó la audiencia para el jueves 15 de marzo de 2007.

Palabras clave

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