Sentencia N° 714 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 714, Exp. 24-270, 19/12/2024
Expediente24-270
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-12-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Olegario Llashag Cerda, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. La decisión se basa en que la cuantía de la demanda no supera el monto mínimo requerido para la admisibilidad del recurso, conforme a la normativa vigente. Se anula el auto de admisión dictado por el tribunal de alzada.

Extracto de la motiva

Conforme con lo anteriormente expuesto, visto que en el presente caso la demanda fue incoada bajo la vigencia de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, es por lo que esta Sala de Casación Social, toma en cuenta a los efectos de la admisibilidad del recurso de casación, que la cuantía debe exceder tres mil veces (3.000) el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor establecido por el Banco Central de Venezuela, para la oportunidad de la interposición de la demanda. Ahora bien, en el caso bajo estudio existe acumulación de pretensiones, razón por la cual cada una debe examinarse individualmente, a fin de determinar si por lo menos una de ellas cumple con la cuantía requerida para acceder a casación, criterio establecido desde la sentencia de esta Sala de Casación Social número 1.300 del 11 de agosto de 2009 (caso: Gregorio Francisco Cordero Bravo y otros contra Corporación Venezolana de Guayana, C.V.G.), es decir si la estimación de la demanda de uno de los litisconsortes, supera el valor estimado supra, a los efectos de la admisibilidad de este medio extraordinario de impugnación.

Dispositiva

PRIMERO: INADMISIBLE el recurso extraordinario de casación ejercido por la representación judicial de la parte demandada ciudadano OLEGARIO LLASHAG CERDA., contra la sentencia del 24 de abril de 2024, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros. SEGUNDO: ANULA el auto dictado por el referido tribunal de alzada, del 3 de mayo de 2024, por medio del cual se admitió el presente recurso de casación.

Palabras clave

casaciónprestaciones socialescuantíarecursotrabajojurisprudencia

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