Sentencia N° 712 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0712, Exp. 14-1327, 11/08/2015
Expediente14-1327
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónDECAIMIENTO DEL OBJETO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por C.A. Tabacalera Nacional (CATANA) contra un auto del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de Aragua. El recurso fue presentado debido a la inadmisibilidad de pruebas en un juicio de nulidad relacionado con un acto administrativo de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Aragua. La Sala determinó que, al haberse dictado sentencia definitiva en el juicio principal, el objeto del recurso de apelación había decaído.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala resolver el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil C.A. Tabacalera Nacional (CATANA), contra el auto emitido en fecha 31 de julio de 2014 por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante el cual se pronunció respecto de los medios probatorios promovidos por la aludida sociedad de comercio con ocasión de la demanda de nulidad interpuesta contra el acto administrativo contenido en la Certificación N° 0111-12, de fecha 26 de marzo de 2012, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua, actualmente Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Aragua (GERESAT) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). Sin embargo, se observa que mediante Oficio N° 269/2015 de fecha 7 de mayo de 2015, recibido en esta instancia jurisdiccional el 15 de mayo de 2014, el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua informó que en el juicio instaurado por la sociedad mercantil C.A. Tabacalera Nacional (CATANA) “se dictó sentencia definitiva en fecha 06 de noviembre de 2014, declarando sin lugar el recurso contencioso administrativo interpuesto (…) contra el acto contenido el oficio N° 0111-12, dictado por la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ARAGUA (GERESAT-ARAGUA), ADSCRITA AL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD (INPSASEL) (…) mediante la cual se certifico que el ciudadano JUAN CARLOS MIJARES GRANADILLO, padece una enfermedad ocupacional (…)”. (Sic). (Destacado del original). Conforme a lo anterior, al haberse dictado sentencia definitiva en el juicio principal, esta Sala concluye que en el caso sub examine ha decaído el objeto del recurso de apelación incoado por la representación de la sociedad mercantil C.A. Tabacalera Nacional (CATANA), contra el auto de fecha 31 de julio de 2014 emanado del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el que declaró inadmisible las pruebas de informes promovidas por la sociedad mercantil recurrente. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación ejercido el 5 de agosto de 2014 por la sociedad mercantil C.A. TABACALERA NACIONAL (CATANA), contra el auto de fecha 26 de marzo de 2012, dictado por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de origen.