Sentencia N° 708 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de mayo de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 708, Exp. 24-171, 19/12/2024
Expediente24-171
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-05-19
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Guaritel Farmacia, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala determinó que, aunque el recurso fue anunciado oportunamente, no se cumplió con la carga procesal de formalización, lo que llevó a declarar perecido el recurso. Se condenó en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
Ahora bien, esta máxima instancia pudo verificar en la causa que se examina, que mediante auto de fecha 18 de junio de 2024, la Secretaría de esta Sala efectuó el cómputo que evidencia el vencimiento del lapso del cual disponía la parte recurrente para consignar el escrito de formalización del recurso de casación interpuesto. Precisado lo anterior, de la certificación del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala de Casación Social, se constata que el lapso para consignar la formalización, comenzó a transcurrir desde el día lunes 4 de marzo de 2024, día siguiente al último de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio respectivo, ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y precluyó el día lunes 25 de marzo de 2024, siendo que la parte codemandada Guaritel Farmacia, C.A. tenía para consignar la formalización hasta el día lunes 1° de abril de 2024, primer día hábil siguiente, toda vez que los días lunes 25, martes 26, miércoles 27, jueves 28 y viernes 29 de marzo de 2024, no hubo despacho en la Sala de Casación Social. Asimismo, de la lectura de la diligencia presentada en fecha 28 de febrero de 2024 (folio 44, pieza 2), tampoco se evidencia que la representación judicial de la codemandada recurrente, en la oportunidad de ejercer el recurso de casación, haya esgrimido los fundamentos del mismo, circunstancia que habría obligado a la Sala a conocer de éstos, considerándose como una formalización anticipada del recurso, conforme al criterio establecido por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal en sentencia N° 1.350 del 5 de agosto de 2011 (caso: Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A.). Por lo antes expuesto, aún cuando fue anunciado oportunamente no puede esta Máxima Instancia conocer y decidir el recurso interpuesto por la parte codemandada recurrente, sin que ello implique suplir la carga procesal correspondiente a dicha parte.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la sociedad mercantil codemandada GUARITEL FARMACIA, C.A., contra la sentencia proferida en fecha 23 de febrero de 2024, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros. Se condena en costas a la parte codemandada recurrente.
Palabras clave
recurso de casaciónplazos procesalesformalizaciónLey Orgánica Procesal del Trabajodecisión judicial