Sentencia N° 707 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0707, Exp. 18-085, 08/08/2018
Expediente18-085
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-08-08
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, TREVI CIMENTACIONES, C.A., contra una decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Anzoátegui. La Sala determinó que el recurso había perecido debido a la falta de presentación del escrito de formalización dentro del lapso establecido por la ley, lo que limitó su capacidad para conocer y decidir sobre el mismo. Se condenó en costas a la parte demandada recurrente.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando el escrito de formalización no se presente en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la ley adjetiva laboral, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. Así, se verifica que anunciado el recurso de casación de manera oportuna, la parte accionada no presentó su escrito de formalización, de igual modo no se evidencia, de la lectura de la diligencia consignada el 9 de enero de 2018 que la parte recurrente, en la oportunidad de ejercer el recurso de casación, haya esgrimido los fundamentos del mismo, circunstancia que habría obligado a la Sala a conocer de éstos, considerándose como un anuncio anticipado del recurso.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada TREVI CIMENTACIONES, C.A., contra la decisión publicada el 14 de diciembre de 2017, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.