Sentencia N° 707 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de julio de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0707, Exp. 15-434, 21/07/2016
Expediente15-434
PonenteEdgar Gavidia Rodríguez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-07-21
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La Sala constató que la parte demandada no compareció a la audiencia pública fijada, lo que llevó a declarar desistido el recurso de casación. En consecuencia, se mantuvo firme la sentencia impugnada que había declarado con lugar la acción incoada por las demandantes.
Extracto de la motiva
La Sala observa: En la oportunidad de celebrarse la audiencia pública y contradictoria, en razón del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte accionada, contra la decisión del 11 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; se constituyó esta Sala de Casación Social, dejándose constancia por el Secretario, por una parte, de la asistencia de los abogados Lilia María Pagua de Perdomo y Luis Enrique Perdomo, en representación de las codemandantes y, por la otra, de la incomparecencia de la parte demandada recurrente o sus apoderados judiciales, al acto procesal anunciado. Establece el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte, que: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos la parte demandada recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de casación anunciado, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto la parte accionada, contra la decisión de fecha 11 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y 2) FIRME el fallo recurrido.
Palabras clave
cobro de acreenciasrecurso de casaciónaudienciadesistimientosentencia firme