Sentencia N° 706 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de mayo de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0706, Exp. 08-814, 22/05/2008
Expediente08-814
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-05-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Alejandro Manuel Correa de Bellis, en el contexto de un juicio de cobro de prestaciones sociales. La decisión se basa en que el escrito presentado por el recurrente excedía los límites establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente el artículo 178, lo que conlleva a la declaratoria de inadmisibilidad del recurso. En consecuencia, se declara inadmisible el recurso interpuesto contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. En el caso concreto el recurrente solicitó el control de la legalidad mediante un escrito de cuatro (4) folios y sus vueltos, lo cual excede los límites objetivos del escrito para la admisibilidad del recurso exigidos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo antes trascrito y conlleva a la declaratoria de inadmisibilidad del medio de impugnación interpuesto. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 3 de abril de 2008, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Palabras clave
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