Sentencia N° 706 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de marzo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0706, Exp. 06-1426, 29/03/2007
Expediente06-1426
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-03-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del TSJ se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Juan Crisóstomo González Montilva contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Táchira, que había declarado sin lugar la demanda de prestaciones sociales. La Sala determinó que el recurrente no cumplió con la técnica casacional adecuada al plantear sus denuncias, lo que llevó a desestimar el recurso. Se concluyó que no existió una relación laboral entre el demandante y la empresa demandada, ya que las pruebas presentadas no demostraron la subordinación laboral necesaria para tal vínculo.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social reitera su posición en cuanto al deber del recurrente de cumplir con la correcta técnica casacional al plantear sus denuncias, así, cualquier delación que pudiera configurarse como genérica, vaga, imprecisa o confusa daría lugar a que fuera desechada por su indeterminación, al extremo de, que incluso, acarrear conforme al artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el perecimiento del propio recurso; pero no sólo es una carga para el recurrente precisar con claridad la especificidad de sus denuncias; también está obligado a que su escrito de formalización, considerado éste como un cuerpo sistemático de argumentaciones jurídicas, esté constituido en cuanto a su construcción lógico-jurídica de un esquema lo suficientemente coherente para delimitar los motivos o causales de casación. De otra parte, la Sala advierte que la falta de aplicación de una norma se materializa cuando el sentenciador niega la aplicación de una disposición legal que esté vigente o aplica una norma no vigente a una determinada relación jurídica bajo su alcance, por ello es deber del recurrente en este tipo de denuncias, indicar la parte relevante de la decisión, la mención de la norma que, a su decir, fue inaplicada, así como el porqué y los términos de la decisión de haberse valido la norma en cuestión.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el demandante Juan Crisóstomo González Montilva, contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, el 14 de julio de 2006; 2) CONFIRMA la sentencia recurrida. Se condena en costas a la parte recurrente en lo que respecta al ejercicio del recurso.
Palabras clave
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