Sentencia N° 704 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de mayo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0704, Exp. 08-714, 22/05/2008
Expediente08-714
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-05-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano José Miguel Tovar contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala establece que, aunque se cumplan los requisitos de admisibilidad, tiene la potestad discrecional de restringirla cuando se violenten normas de orden público o la jurisprudencia reiterada. En este caso, se concluye que no hubo violación de las normas denunciadas, por lo que se declara inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

En el caso concreto denuncia el recurrente que la recurrida violó normas de orden público, concretamente los artículos 69 de la Convención Colectiva Petrolera y, los artículos 26 y 94 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; al considerar que el régimen jurídico aplicable, para la resolución de la controversia, es el establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, de acuerdo con el contrato individual de trabajo suscrito entre las partes y las demás pruebas que cursan en autos, y no la Convención Colectiva Petrolera. Señala igualmente que con la referida decisión la Juez de alzada violó el principio de la primacía de la realidad y la jurisprudencia de la Sala establecida en sentencia Nº 294 de fecha 13 de noviembre de 2001, en relación con el contrato realidad, porque la recurrida no tomó en cuenta las funciones convenidas y desempeñadas por el actor, las cuales lo hacían acreedor de los beneficios establecidos en la referida Convención Colectiva, y que la recurrida no aplicó. Al respecto, de una revisión de los alegatos planteados en el presente recurso y de las pruebas documentales que cursan en autos, observa la Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas ni de la jurisprudencia, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, toda vez que la recurrida decidió conforme a lo alegado y probado en autos, especialmente lo relativo al ámbito de aplicación del Contrato Colectivo, motivo por el cual se declara inadmisible el recurso interpuesto.

Dispositiva

Por las razones mencionadas, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Palabras clave

cobro de diferenciasprestaciones socialesrecurso de apelacióncontrol de la legalidadjurisprudencia laboralviolación de normasconvención colectivaprincipio de primacía de la realidad

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