Sentencia N° 702 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0702, Exp. 17-414, 08/08/2018
Expediente17-414
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-08-08
DecisiónPerecido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, dictó sentencia el 8 de agosto de 2018, en el procedimiento de divorcio entre Franco Cristiano Cianci y Kymaira Sánchez Hernández. La parte demandada había anunciado recurso de casación contra la decisión del Tribunal Superior Accidental de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que había declarado sin lugar el recurso de apelación y confirmado la decisión de primera instancia. La Sala determinó que el recurso de casación fue presentado extemporáneamente, ya que el plazo para formalizarlo había vencido el 5 de mayo de 2017.
Extracto de la motiva
El artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, y consagra como sanción a la inobservancia por parte del formalizante de dicho lapso, el perecimiento del recurso extraordinario. Asimismo considera esta Sala que se dejará correr además el término de la distancia correspondiente si la sede del Tribunal que dictó la sentencia recurrida no se encuentra en la capital de la República, y se computará a partir del día siguiente del vencimiento del término de cinco (5) días que se conceden para el anuncio del recurso. Del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr en el presente asunto, el día siguiente a los cinco (5) días que se dan para el anuncio del mismo, es decir, en fecha siete (07) de abril de 2017, y venció el cinco (05) de mayo del mismo año, incluyendo el término de la distancia correspondiente, que en el presente caso es de nueve (9) días por estar situado el Tribunal Superior en San Cristóbal del estado Táchira.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la demandada, ciudadana KYMAIRA SÁNCHEZ HERNÁNDEZ contra la decisión publicada por el Tribunal Superior Accidental de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 28 de marzo de 2017. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.